04 agosto 2011

Pleno extraordinario. REGULACIÓN DEL USO Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL MUNICIPAL DE LA GARROVILLA

La modificación introducida con respecto al texto original que se elevó a Comisión Informativa es que éste preveía una tasa de 45 euros/mes y tras la Comisión en el texto se propone la tasa de 51 euros/mes.
El Sr. Pérez Romo expone que en Comisión se quedó en traer hoy a Pleno el estudio de coste del servicio, y no se ha presentado.-
La Sra. Alcaldesa expone que no ha sido posible elaborarlo y se tendrá el martes próximo un estudio de costes reales.
El Sr. Pérez Romo señala que sin el estudio de costes su grupo no aprueba la ordenanza. Además manifiesta que con la modificación Introducida de 45 € a 51€/mes tampoco está de acuerdo
La Sra. Alcaldesa expone que ya se explicó en Comisión porqué se incrementaba la cuota.
El Sr. Doblado Moreno expone que el incremento de 45 € a 51€ es motivado porque la orden de convocatoria de subvenciones para el funcionamiento de los Centros de Educación Infantil para 2011 se otorgan más puntos para conceder la subvención, dependiendo de la cuota mensual que se cobre.
El Sr. Pérez Romo indica que en una familia de dos hijos pequeños supone 12 euros mensuales más, y eso es un dinero.
El Sr. Doblado Casado incide en que la propuesta fue precisamente por la convocatoria publicada en el DOE de 3 de mayo, en función de la baremación que se prevé en la misma.
Expone el Sr. Doblado Casado que la financiación de la totalidad del servicio por la Junta de Extremadura, este año ya no existe. Para este ejercicio sólo se financia hasta el 20% del coste del funcionamiento. Continúa el Sr. Doblado Casado señalando que el estudio de coste es necesario, pero no influye en esto porque el coste de retribuciones de 3 personas más el resto de los costes no es comparable con los ingresos que se obtendrían de 28 alumnos. El servicio en cualquier caso va a ser deficitario. Va a ser un incremento hacía los usuarios, pero queda dentro de la pauta de tasas que se van a establecer este año en las guarderías, que en general van a subir. De ahí la subida de los 6 €.
El Sr. Escudero Gragera indica que el otorgamiento de esta subvención es en concurrencia competitiva, razón por la cual hay que lograr puntos.

Sometido el punto a votaciones arroja el siguiente resultado:
- Votos a favor: Los Sres. concejales del grupo PP (Calle Jiménez, Doblado Moreno y Flores Trinidad) y los Sres. concejales del grupo ALG (Escudero Gragera y Doblado Casado).
-Votos en contra: Los Sres. concejales del grupo PSOE (Pérez Romo, Rodríguez González, Ramos Pérez, Pozo Palomino y Segovia Justo)
Abstenciones: Ninguna

Resulta, por tanto, adoptado el siguiente acuerdo que sigue, con el voto de calidad de la Alcaldía:

Primero.- En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 15.2 del Real Decreto 2/2 004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), y de conformidad con lo previsto en el art. 17.1 de la misma, se acuerda aprobar provisionalmente la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de los servicios de estancia y asistencia en Centro de Educación Infantil municipal de La Garrovilla,

Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 17.1 a que se refiere el punto 1° anterior, el presente acuerdo provisional, así como la Ordenanza anexa al mismo, se expondrán al público en el tablón de anuncios de este municipio durante el plazo de un mes contados a partir de la publicación del acuerdo provisional en el B.O.P., a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero.- Finalizado el período de exposición pública, el Ayuntamiento adoptará el acuerdo definitivo que proceda, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la Ordenanza, su derogación o las modificaciones a que se refiera el acuerdo provisional. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario, procediendo a la publicación íntegra de la Ordenanza en el B.O.P.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

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Mrs. Drizt dijo...

Joooder, que internacionales se han vuelto estos de ALG....venga, un saludete!!! y seguid así...estais haciendo un buen trabajo, aunque como siempre...algunos no lo quieren ver.

Mrs. Drizzt dijo...

Por cierto, y a quien corresponda. Así no hay quien lea esto...poned entradas ordenadas por favor.