De vez en cuando escribimos un artículo de temática variada. Esta vez debido a los motivos que se vienen dando en nuestro pueblo con las quejas de los vecinos a causa de las obras actuales gestionadas pésimamente por nuestro señor alcalde y que este viene siendo un patrón continuo durante esta legislatura pues podríamos referirnos al Invierno que estuvo la calle Pintor Collado abierta y sin terminar de reparar debido a la acometida de la luz que por allí pasó o al tiempo que lleva la obra de la calle prolongación del Puente, o podríamos volver a referirnos a la gestión hecha en la calle Nª Sra. de la Esperanza (Los Callejones), por no hablar de los múltiples baches y socavones que sufrimos diariamente en nuestras vías y que de forma continua venimos denunciando la oposición pleno tras pleno, etc, ect..... .
Estos son entre otros algunos de los motivos que nos incitan a colgar este artículo, también está el hecho de querer hacernos de algún modo partícipes al recoger la sensibilidad que en diferentes foros internautas de nuestra localidad se vienen manifestando .
Los ciudadanos siempre estamos a vueltas con el deficiente trato que se nos da por parte de las administraciones. Nuestras quejas más continuas y no sin fundamentos son entre otras: las vueltas que nos hacen dar de un sitio para otro, la falta o mala información que nos ofrecen los empleados públicos, las malas caras y gestos pocos adecuados que recibimos por partes de estos, etc, etc….
Pero, ¿conocemos cuales son realmente nuestros derechos y nuestros deberes?, ¿sabemos defenderlos en un caso dado?. De todos es conocido la existencia del “Libro de Quejas y Reclamaciones”, ¿porqué aún nos da miedo hacer uso de él?. Somos conscientes que la Administración autonómica (la Junta) tiene obligación de responder a nuestras quejas y reclamaciones como máximo en el plazo de 1 mes y que realmente en la mayoría de los casos se están cumpliendo estos plazos. Sabe todo el mundo que los empleados públicos que están en ventanilla tienen la obligación de ayudar a rellenar los impresos a aquellas personas que no puedan o no sepan hacerlo.
La Ley 30/92 de 26 de Noviembre del REGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMUN, ley nacional del año 1992 ya incluía en su artículo 35 como derechos de los ciudadanos, entre otros: Ser tratados con respeto y deferencia por autoridades y funcionarios, derecho a exigir responsabilidades a las Administraciones y su personal, derecho a no tener que presentar documentos no exigidos por las normas del procedimiento o que se encuentren ya en poder de la Administración.
Sabemos que muchos dirán que todo esto es papel mojado y en muchas ocasiones así es, sin embargo pocas veces nos paramos a mirar cuanta responsabilidad de que ello así ocurra es también nuestra, debido a nuestra dejadez y nuestra pasividad como ciudadanos.
A pesar de existir normativas y reglas desde la Unión Europea, Nacional, Autonómicas y hasta locales sobre este tema, hoy queremos pararnos en el Decreto 149/04 de 14 de Octubre, LA CARTA DE DERECHOS DE LOS CIUDADANOS EXTREMEÑOS. Este decreto será de aplicación en las Consejerías y los Organismos Autónomos de Extremadura y por ello se haría imprescindible que todo extremeño conociésemos aunque solo fuese de oídas esta carta. La citada carta además de estar en Internet http://217.124.183.38/cartaderechos/indice.asp?opcion=derecho1, se encuentra en todas las Consejerías e incluso te la pueden enviar a casa si lo solicitas (desde el mismo enlace puesto más arriba se puede hacer la solicitud). Nosotros haremos un pequeño resumen de ella.
DERECHO A UNA ADM. MODERNA, TRANSPARENTE, ACCESIBLE Y ABIERTA A LOS CIUDADANOS.
Recibir información general y actualizada sobre el funcionamiento de la Administración y los requisitos genéricos de sus procedimientos.
Identificar con claridad y precisión las dependencias a las que puede dirigirse
Obtener información sobre los horarios de atención al público de manera visible en las sedes de los órganos.
Acceder sin barreras físicas ni limitaciones a cualquier edificio de la Junta de Extremadura.
2. DERECHO A RECIBIR UNA ATENCIÓN ADECUADA
3. DERECHO A OBTENER INFORMACIÓN
DERECHO A UNA ADM. ÁGIL Y TECNOLÓGICAMENTE AVANZADA.
Tramitación ágil de los asuntos que le afecten, que deberán resolverse dentro del plazo legalmente previsto, y a conocer, en su caso, el motivo concreto del eventual retraso.
No tener que aportar documentos que obren en poder de la Administración autonómica, salvo que las normas procedimentales expresamente lo requieran y cuya validez legal no haya precluido. Para poder hacer efectivo este derecho, el ciudadano ha de identificar la dependencia administrativa en la que se entregaron los documentos, así como la fecha de su aportación.
5. DERECHO A UNA ADMINISTRACIÓN RESPONSABLE ANTE EL CIUDADANO
Recibir respuesta a sus reclamaciones, quejas y sugerencias con la mayor celeridad posible y, en todo caso, dentro del plazo de un mes desde su formulación.
6. DERECHO A PARTICIPAR ACTIVAMENTE EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS.
Este es un pequeño resumen como decimos de la Carta de Derechos de los Ciudadanos Extremeños, seguro que si cuando tuviésemos que enfrentarnos a ese funcionaro "malencarado" llevásemos con nosotros un ejemplar de esta Carta e hiciésemos uso del "Libro de Quejas y Reclamaciones" , quizás todo se haría más fluido y fácil.
La falta de información, nuestro desconocimiento en determinados asuntos son aprovechados por otros que se sienten cómodos con nuestra supuesta "ignorancia", abusando de su condición predominante.
Sin más, Saludos a todos los garrovillanos.
Alternativa por La Garrovilla