06 febrero 2010

Pleno 14 diciembre.

1.- EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NNSS PROMOVIDO POR RIO ARIMOSAN S.L. Y RIO LACARON S.L. APROBACIÓN PROVISIONAL, SI PROCEDE

Visto que con fecha 11 de junio del 2009, el Pleno de la Corporación aprobó inicialmente la modificación puntual n° 4 de las NNSS de planeamiento municipal a instancias de Rio Aromosán S.L. y Rio Lacarón S.L., consistente en introducir un nuevo uso en dos categorías de suelo no urbanizable, según proyecto redactado por Rafael Mesa y Jesús Martínez, Arquitectos S.L., MB3-Gestión, sometiéndose el expediente a un periodo de información pública mediante anuncios en el Periódico Extremadura (24/07/2009), BOP (06/08/2009) y DOE (21/08/2009) y transcurrido un mes desde la última publicación no se presentó reclamación alguna.

Visto que solicitados informes de órganos y entidades administrativas gestoras de intereses públicos afectados (Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura, Confederación Hidrográfica del Guadiana, Dirección General de Medio Ambiente y Dirección General de Infraestructuras y Agua de la Junta de Extremadura) ha tenido entrada en el Ayuntamiento informe desfavorable de la Consejería de Cultura e informe favorable de la Consejería de Fomento, Dirección General de Infraestructuras y Agua. Por tanto no constando al día de la fecha el informe de C.H.G. ni el informe de la Dirección General de Medio Ambiente.

Visto que el expediente se sometió a la Comisión Informativa de Urbanismo en fecha 24/11/2009 y asimismo al Pleno en sesión ordinaria de 03/12/2009, quedando sobre la mesa hasta la presentación de documentación.

Considerando que por la empresa se ha presentado la documentación requerida, tras breve debate sobre la misma se somete el punto a votaciones, adoptándose los siguientes acuerdos unánimemente por los Sres. miembros corporativos presentes en la sesión y por tanto con la mayoría absoluta requerida:

Aprobación provisional de la modificación puntual n° 4 de las NNSS de planeamiento municipal solicitada por Rio Arimosán S.S. y Río tacaron S.L., consistente en introducir un nuevo uso a dos categorías de suelo no urbanizable según proyecto redactado por Rafael Mesa y Jesús Martínez, Arquitectos S.L., MB3-Gestión. Incorporación al expediente de los informes que aún no constan, una vez emitidos por los Órganos correspondientes.

Una vez diligenciado el expediente por Secretaría, se eleve al Órgano competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el fin de que resuelva sobre su aprobación definitiva.

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